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Por unanimidad.

TC español admite a trámite recurso del Gobierno y suspende convocatoria catalana de consulta popular.

Se espera que en los próximos días la Magistratura Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto sometido a su conocimiento.

3 de agosto de 2016

En forma unánime, el Pleno del Tribunal Constitucional español admitió a trámite la petición de nulidad respecto a la Resolución del Parlamento de Cataluña que aprueba las conclusiones de la comisión de Estudio del Proceso Constituyente.

El Pleno de la Magistratura Constitucional ibérica acordó suspender la vigencia y aplicación de dicha Resolución, a partir del requerimiento del Gobierno español, invocando el artículo 161.2 de la Constitución. Dicho precepto establece lo siguiente: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.

De igual modo, la Magistratura Constitucional advirtió a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, a los demás miembros de la Mesa del Parlamento y al Secretario General del Parlamento de Cataluña, así como al Presidente y demás miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña, su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir.

Se espera que en los próximos días la Magistratura Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto sometido a su conocimiento.

 

 

Vea texto íntegro de la resolución.

 

 

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