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A tercer trámite.

Avanza iniciativa que sanciona traslado de basura a vertederos clandestinos.

La Cámara de Diputados despachó –en segundo trámite constitucional- el proyecto de ley que sanciona el transporte de basura a verteros clandestinos.

9 de marzo de 2015

La Cámara de Diputados despachó –en segundo trámite constitucional- el proyecto de ley que sanciona el transporte de basura a verteros clandestinos. (Véase relacionado)

Durante el debate, los diputados aprobaron la iniciativa con algunas modificaciones incorporadas, de tal manera que el nuevo texto que fue informado por la diputada Álvarez, de la Comisión de Obras Públicas, sanciona con una multa de 2 a 100 unidades tributarias mensuales a quien encargue el traslado o depósito y con iguales montos al propietario del vehículo con el cual se realice el transporte. Asimismo, se acordó que para los conductores no propietarios de los vehículos que transportan la basura, se sancionará de 2 a 50 UTM, además de la suspensión de la licencia de conductor e inhabilidad para obtenerla hasta por dos años.

En tanto, los parlamentarios aprobaron la idea de aumentar la sanción hasta 150 UTM, si se encarga o realiza el transporte, traslado o depósito de desechos tóxicos, peligrosos o infecciosos, en cualquier tipo de vehículo. Adicionalmente, será castigado con presidio menor en su grado medio y con la suspensión de la licencia de conductor e inhabilidad para obtenerla hasta por dos años a quien efectúe el traslado.

En cuanto a los reincidentes, se les impondrá como mínimo el doble de la multa establecida como base para cada conducta y, en los casos que corresponda, se suspenderá nuevamente la licencia de conducir, al menos, por un mínimo de seis meses y hasta dos años.

Por otra parte, la Cámara acordó que los municipios deberán dictar una ordenanza que regule las autorizaciones para transportar basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, estableciendo los requisitos y el procedimiento para conceder dicha autorización y la obligación de portarla en el vehículo, en los casos que corresponda.

Finalmente, se informó que el transporte y retiro de escombros en contenedores o sacos se realizará cubriendo la carga de forma que se impida su esparcimiento. De lo contrario, el responsable deberá pagar una multa de hasta 3 UTM. De todas formas, quien cuente con la autorización para trasladar escombros deberá comunicar a la municipalidad por escrito cuál será la cantidad de metros cúbicos de escombros que se depositarán, su naturaleza y composición, el modo y los medios a emplear en el retiro, el transporte de los mismos y su lugar de destino.

Despachada la iniciativa, será discutida en tercer trámite constitucional.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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