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En primer trámite.

Moción modifica legislación laboral en materia de nacionalidad y protección de trabajadores extranjeros.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados.

21 de marzo de 2017

La moción del diputado Andrade expone que nuestro país no se encuentra ajeno al fenómeno mundial de las migraciones ni de sus impactos sociales, laborales, económicos y culturales.

Observa luego que estamos frente a un conjunto de desafíos regulatorios que sin duda ponen a prueba la solidez institucional de los países, básicamente porque en el siglo XXI las migraciones no necesariamente constituyen mecanismos de incentivo al desarrollo que los países implementan para la potenciación de una u otra zona de su territorio,  o de diversas actividades comerciales específicas, sino que se presentan como consecuencia de guerras formales, conflictos armados informales, desastres humanitarios producto de catástrofes naturales o como producto del abandono de países a consecuencia de severas restricciones económicas o crisis de abastecimiento y de empleo.

Sin embargo, el autor de la iniciativa sostiene que nuestra legislación laboral es particularmente vaga en materia regulatoria del trabajo de extranjeros, determinando únicamente una proporción de personal foráneo que puede contener la planilla de una empresa de más de 25 trabajadores, su forma de cálculo y el hecho de que gozan de los derechos laborales todos los trabajadores dependientes, sin distinción de su nacionalidad. Vale decir, no existe norma alguna relativa a procesos de inmigración masiva que afecte la composición de nuestro empleo.

Así, manifiesta el proyecto que la propuesta legal se fundamenta en los cambios que ha experimentado el fenómeno de la migración, mostrando comparativamente el progresivo aumento actual de población extranjera que hace ya más de una década se ha presentado en el territorio nacional, y las características de los procesos migratorios que históricamente se han dado en nuestro país.

Por lo antes expuesto la iniciativa propone lo siguiente: reemplazar el Capítulo III del Título I del Libro I del Código del Trabajo; Rebajar a dos años la residencia que permite ser excluido del cálculo del porcentaje máximo de contratación de extranjeros; Adecuación del estado civil que se relaciona con el cálculo citado, incorporando a los contrayentes de Acuerdo de Unión Civil; Regulación de casos en los que no se aplica el porcentaje máximo de contratación de extranjeros.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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