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Servicio Público descentralizado.

Mensaje propone creación del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

Corresponde ahora que la iniciativa que se encuentra en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

13 de abril de 2017

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que el año 2005 se aprobó la Ley N° 20.084, estableciendo por primera vez en Chile un sistema penal especial para hacer efectiva la responsabilidad penal de los adolescentes, representando la primera expresión concreta de la necesaria separación respecto del sistema de Administración Pública de los conflictos que presenta la población menor de edad, lo que contribuyó a superar la perniciosa confusión que propone para estos conflictos el sistema fundado en la doctrina de la “situación irregular”.

Observa luego que dicho hito fue expresión del compromiso asumido en el año 1990 cuando nuestro país ratificó la Convención Internacional de los Derechos del Niño, obligándonos, sobre sus méritos, principios y paradigmas a adecuar nuestra institucionalidad a los postulados que fundan dicho instrumento internacional.

Sin embargo, la iniciativa del ejecutivo advierte que la ley en comento, ha demostrado ser insuficiente para alcanzar los resultados esperados, debido a que el actual sistema penal de adolescentes no logra reinsertar ni se muestra eficaz en términos preventivos. No solo por cuanto refleja los problemas que enfrenta el proceso penal para aclarar o resolver los diversos casos denunciados, sino que, además, por la total ausencia de contenidos realmente disuasivos en las sanciones dispuestas. A su vez, otras modalidades de reacción se muestran absolutamente desproporcionadas y favorecedoras de la mera desocialización.

Se agrega luego que las condiciones que caracterizan a los centros privativos de libertad, poco distan de la que muestra la realidad de nuestro sistema penitenciario común, a pesar de que se trata de menores de edad, en proceso de formación.

Por otra parte, el mensaje indica que la regulación vigente no ofrece criterios de especialización que demanda la personalidad evolutiva de los adolescentes en su interacción con el sistema penal, siendo la jurisprudencia la que paulatinamente ha tenido que introducirlos.

En ese sentido, el Ejecutivo hace presente que el actual diseño administrativo requiere ser modificado para cumplir los fines de la justicia penal adolescente. Lo anterior, aduce que debe ir acompañado de un cambio en los paradigmas de intervención, que requiere contar con un diseño planificado que guíe los procesos de cumplimiento y progresión de las sanciones (es decir, de un “modelo de intervención”) que cuente con los recursos humanos y materiales necesarios.

Asimismo, se destaca que lo anterior ha sido puesto de relieve en diversos procesos de evaluación, entre los que destacan los informes propuestos por las Comisiones de Supervisión de Centros Privativos de libertad (CISC) implementados por decisión de la autoridad administrativa desde la entrada en vigencia de la ley; los análisis inicialmente ofrecidos al alero de la organización de la Fundación Paz Ciudadana en los años 2006 y 2007 y que tuvieron reflejo en el proceso de reforma que motivó las correcciones realizadas a la ley 20.084 por la ley N° 20.191; el amplio y participativo proceso de evaluación propuesto por la Comisión de Constitución, Justicia y Reglamento del Senado en el año 2012; las recomendaciones planteadas por la Comisión de expertos organizada por el Ministerio de Justicia en el año 2013; el acucioso informe propuesto por la Comisión de Evaluación de la Ley de la H. Cámara de Diputados en 2015, y los estudios levantados por la academia y diversas organizaciones desde el año 2006.

Por lo antes expuesto, el mensaje propone –entre otras cosas- crear el Servicio de Reinserción Social Juvenil, como un servicio público descentralizado que tendrá por objeto la administración y ejecución de las medidas y sanciones contempladas por la Ley Nº 20.084, correspondiéndole la implementación de políticas de carácter intersectorial y el desarrollo de programas que contribuyan a la modificación de la conducta delictiva y la integración social de los jóvenes sujetos de su atención.

Corresponde ahora que la iniciativa que se encuentra en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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