Noticias

Modifica diversas leyes.

Ingresó mensaje que tipifica delito de incitación a la violencia.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados.

6 de septiembre de 2017

Ingresó a tramitación el  proyecto de ley que tipifica el delito de incitación a la violencia, sancionando el llamado a promover la intolerancia hacia grupos vulnerables o hacia alguno de sus miembros, a causa de expresiones racistas o que tengan como base la identidad nacional o étnica, el sexo, la orientación sexual, identidad de género o la religión o creencias de la víctima, como expresión de las más graves y extremas formas que puede adquirir el discurso de violencia, acorde con los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

En el mensaje se da cuenta de la preocupación que existe respecto de “algunos discursos actuales que contribuyen a la generación de estereotipos basados en determinadas creencias religiosas, origen nacional, orientación sexual o el color de piel de las personas”.

Asimismo, agrega el texto que “tales discursos incluso nos recuerdan la primera mitad del siglo XX, en que la discriminación en contra de ciertos grupos de personas mediante el empleo de este tipo de discurso, se tradujo en el exterminio de millones de seres humanos”. 

De igual forma, el proyecto exige como condición para que se configure el delito, una intencionalidad específica y una condición de naturaleza objetiva: la de que efectivamente se cree el peligro de comisión de uno o más delitos.

De otro lado, la iniciativa modifica la ley sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo. Al efecto, incorpora una figura similar en el Código Penal; el texto considera la derogación del artículo 31 de la ley sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, que sanciona las publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad, realizadas por cualquier medio de comunicación social.

Adicionalmente, el proyecto incluye este delito en la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, con la finalidad de que consideren la prevención de prácticas discriminatorias que –especialmente aquellas constitutivas de delito- como parte fundamental en sus modelos de organización, administración y supervisión.

Por ello, la iniciativa incorpora el delito de incitación a la violencia en la ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y delitos de Cohecho, con el propósito de que las personas jurídicas adopten un sistema de autorregulación dirigido a erradicar toda práctica discriminatoria, lo que redundará en beneficios tanto para entidad como para la sociedad en general.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

RELACIONADO

* Sobre la ley contra la discriminación en Australia que castiga la incitación al odio…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *