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TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma que confiere facultades para resolver exámenes rendidos por médicos extranjeros.

La gestión pendiente invocada recae en autos sobre acción de no discriminación seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Valparaíso.

28 de febrero de 2017

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso cuarto del artículo 1° de la Ley N° 20.261 que crea examen único nacional de conocimientos de medicina, incorpora cargos que indica al sistema de alta dirección pública y modifica la ley nº19.664. El precepto impugnado se refiere al diseño y administración del examen.

La gestión pendiente invocada recae en autos sobre acción de no discriminación seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Valparaíso.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3362-17.

 

 

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