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Tarifas y frecuencias.

TDLC acogió requerimiento de FNE contra empresas de transporte terrestre.

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió un requerimiento deducido por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

23 de enero de 2014

En días pasados, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió un requerimiento deducido por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en virtud del cual se sostiene que la empresa Servicios Pullman Bus Costa Central y otras vulneraron el artículo 3º del D.L. Nº 211 al adoptar e implementar de manera coordinada una serie de actos y convenciones con el objeto de fijar tarifas a público y determinar el reparto de frecuencias para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros en diversas rutas.

El TDLC, en esencia, acogió el requerimiento deducido al constatar en el proceso la efectiva ocurrencia de los hechos denunciados por la FNE, particularmente en lo relativo a la ruta Santiago-Curacaví, y la responsabilidad de las empresas acusadas en estos ilícitos.

A partir de estos antecedentes, y de las probanzas rendidas, la sentencia condenó a la empresa Pullman Bus Costa Central S.A. al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a la suma de mil quinientas Unidades Tributarias Anuales, al tiempo que se condenó a las demás empresas acusadas al pago de multas inferiores.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia del TDLC Rol C N° 224-11.

 

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