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Se recurrió de nulidad.

Tribunal Laboral acogió tutela de derechos fundamentales por despido de trabajador que formuló denuncia ante Inspección del Trabajo.

La sentencia concluye sosteniendo que el actor fue despedido por represalia y, por tanto, que se ha lesionado su garantía de indemnidad.

26 de septiembre de 2014

El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió una acción de tutela interpuesta por un trabajador en contra de su ex empleadora, por vulneración de la garantía de indemnidad por cuanto se le despidió como represalia por haber él formulado denuncia ante la Inspección del Trabajo, por los incumplimientos laborales en que la empresa había incurrido.

En su sentencia, aduce el Tribunal laboral que “la denunciante ha acreditado indicios de la vulneración que alega, con la  copia de la Carátula de Fiscalización, emitida por la Inspección del Trabajo de Viña del Mar, referida a denuncia efectuada el 30 de enero de 2014, en donde consta que las visitas inspectivas al establecimiento de la demandada se realizaron los días 3 y 28 de febrero de 2014 y la última el 5 de marzo del mismo año; con  el informe de exposición evacuado por la fiscalizadora doña María Alejandra Muñoz Vega con fecha 7 de marzo de 2014, constatando numerosos incumplimientos, los que se sancionaron con multas; con la carta de despido,  de fecha 28 de febrero de 2014. Además con la declaración de dos testigos que aseveran que al efectuar la fiscalización el 28 de febrero se enteraron que el denunciante fue el actor y por eso lo despidieron. Debiendo sumar a estas pruebas la presunción legal del art 454 n°3 del Código del Trabajo, por no haber concurrido el representante de la demandada a absolver posiciones”.

Luego, agrega el fallo que “en cambio la denunciada no acreditó, como expresó en su contestación, que la desvinculación del actor no obedeció a una medida desproporcionada, arbitraria o injustificada, sino que a un ejercicio legítimo, proporcionado y racional de las facultades propias de todo empleador, desarrollada en el ámbito de la estrategia que demanda la implementación de la gestión de negocios propia de toda entidad corporativa que persigue fines de lucro, como tampoco la causal de término de contrato que invoca, por cuanto no rindió prueba alguna en el juicio”.

Finalmente, la sentencia concluye sosteniendo que el actor fue despedido por represalia y, por tanto, que se ha lesionado su garantía de indemnidad.

 

Vea texto íntegro de la sentencia RIT T-94-2014.

 

 

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