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Segunda sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas del procedimiento contravencional ante Tribunales de Familia.

La gestión pendiente incide en los autos sobre infracción por ley de responsabilidad penal adolescente de que conoce el Juzgado de Familia de Pudahuel.

24 de diciembre de 2014

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 102 A al 102 N -que constituyen el párrafo 4º del Título IV- de la Ley Nº 19.968, que crea los Tribunales de Familia.

La gestión pendiente incide en los autos sobre infracción por ley de responsabilidad penal adolescente de que conoce el Juzgado de Familia de Pudahuel.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días al adolecente involucrado en la gestión pendiente, a su representante legal, a su curador Ad-litem, al señor Claudio Valdivia Rivas, al Mall Arauco Maipú y a la tienda La Polar. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2743-14.

 

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