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Suspensión con disidencia.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre inicio de liquidación forzosa que permitiría controlar decisión del juez afectando debido proceso.

La decisión de suspender la gestión pendiente fue acordada con el voto en contra de los Ministros Romero y Vásquez.

21 de abril de 2017

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 119 de la Ley N° 20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la

La gestión pendiente incide en una solicitud sobre liquidación forzosa ante el Juzgado de Letras de Vicuña.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión invocada.

La decisión de suspender la gestión pendiente fue acordada con el voto en contra de los Ministros Romero y Vásquez.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3390-17.

 

 

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