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Segunda sala.

Ingresaron al TC inaplicabilidades que impugnan norma que incidiría en juicios laborales en que se pretende reconocimiento de relaciones de trabajo.

Las gestiones pendientes inciden en juicios ordinarios laborales de que conoce el Juzgado de Letras y Garantía de Coelemu.

11 de agosto de 2017

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso tercero del artículo 1 del Código del Trabajo, mediante la presentación de dos requerimientos ante el Tribunal Constitucional.

El precepto impugnado establece: “con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetaran a las normas de este código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos”.

Las gestiones pendientes inciden en juicios ordinarios laborales de que conoce el Juzgado de Letras y Garantía de Coelemu.

La requirente estima que el precepto impugnado transgrediría el principio de juridicidad y el principio de supremacía constitucional, toda vez que el Juzgado del Trabajo, está aplicando el Código del Trabajo a materias que no son de índole laboral, por lo que el tribunal está actuando fuera de su esfera de atribuciones.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

 

Vea textos íntegros de los expedientes Roles N° 3747-17 y 3748-17.

 

 

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