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Modifica Código del Trabajo.

Moción busca flexibilizar ejercicio del derecho de postnatal extendido de media jornada.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados.

23 de junio de 2017

La moción de los diputados Alvarado, Álvarez, Andrade, Campos, Carmona, Jiménez, Monsalve, Pacheco y Walker, expone que el actual artículo 197 bis del Código del Trabajo tiene por objeto alargar el descanso postnatal de la madre trabajadora; dicha extensión del descanso comienza a correr a contar de terminado el postnatal ordinario, sin embargo, dicha extensión puede ser ocupada de manera parcial, pudiendo la madre trabajadora volver a laborar bajo la fórmula de media jornada. Para ejercer este derecho, actualmente, debe informar por carta certificada a su empleador, con copia a la inspección del trabajo con 30 días de anticipación al término del postnatal ordinario. De no enviar esta carta dentro del mentado plazo y a los entes correspondientes, la norma asume que la trabajadora hará uso de su descanso de manera total, renunciándola de manera absoluta a ejercer el derecho del post natal extendido de media jornada.

Enseguida, los autores señalan que se expone a la madre trabajadora a una compleja situación, e imposibilitada de volver a su trabajo bajo la fórmula de media jornada, si es que así lo quisiera, por no saber de dicho requerimiento de tiempo y formalidad. Ello pues el plazo para notificar al empleador de 30 días antes de terminado el postnatal ordinario, en su mayoría es desconocido por las madres trabajadoras, puesto que, justamente, se encuentra y computa dentro del periodo de postnatal ordinario, dejándolas sin su derecho de optar a retomar sus funciones laborales bajo la modalidad de media jornada.

La moción indica que no se debe olvidar que el objeto del derecho del trabajo es justamente simplificar el acceso a los beneficios y derechos de la parte débil de la relación laboral, como es el caso de la parte trabajadora. Así, además de la complicación por la extensión del plazo encontramos diferencias entre géneros que perjudican a la mujer trabajadora.

Por lo tanto, el proyecto de ley busca que el acuerdo de voluntad de las partes tenga preponderancia dentro de la relación laboral, para así evitar que la madre trabajadora vea cercenado su derecho a retornar a sus labores a media jornada.

En razón de todo lo expuesto anteriormente, esta moción modifica el artículo 197 bis del Código del Trabajo, estableciendo que si transcurrido el plazo la trabajadora no efectuó la comunicación, podrá acordar con su empleador el regreso a sus labores mediante acuerdo escrito suscrito, a más tardar, dentro de los 30 días de iniciado el postnatal parental, agregándose que en cualquier caso se deberá enviar copia de las notificaciones y/o acuerdos a la Inspección del Trabajo.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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