Noticias

Suspensión con disidencia.

TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la ley de arrendamiento que impide conceder orden de no innovar vulnerando debido proceso.

La suspensión del procedimiento fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona y García, quienes estuvieron por denegarla.

8 de enero de 2017

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 8, numeral 9°, segundo párrafo, parte final, de la ley N° 18.101 que fija normas especiales para el arrendamiento de predios urbanos.

La gestión pendiente incide en los autos sobre arrendamiento de predio urbano, seguidos ante el 29° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, en virtud de un recurso de apelación.

La suspensión del procedimiento fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona y García, quienes estuvieron por denegarla.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3298-16.

 

 

RELACIONADOS

* Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma de la ley de arrendamiento que impide conceder orden de no innovar vulnerando debido proceso…

* Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece acción indemnizatoria en favor de ciertos terceros en procedimiento de expropiación…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *