Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 12 de la Ley 17.322, mediante la presentación de tres requerimientos ante el Tribunal Constitucional.
El precepto impugnado establece, en esencia, el apremio de arresto para el empleador que no consignó las sumas descontadas o que debió descontar de la remuneración de sus trabajadores.
Las gestiones pendientes inciden en autos sobre cobro de cotizaciones previsionales, todos ventilados ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
El requirente estima que el precepto impugnado infringiría la prohibición de presumir de derecho la responsabilidad penal, el derecho a la libertad personal y la seguridad individual y la proscripción de la prisión por deudas, toda vez que la medida de apremio establecida priva de la libertad a un individuo por el mero hecho de no haber pagado las cotizaciones previsionales, siendo el arresto una sanción procesal establecida para la correcta administración de Justicia que no puede constituir un equivalente jurisdiccional que permita sustituir el proceso o la sentencia que resuelva el conflicto, y por tanto no es posible concebir la privación de la libertad personal del deudor como herramienta de ejecución del crédito aun en un procedimiento compulsivo.
La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.
Vea textos íntegros de los expedientes Roles N° 3539-17, 3540-17 y 3541-17.
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