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Sin suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que establece arresto para el empleador que no pague cotizaciones previsionales.

La gestión pendiente incide en autos sobre cobro de cotizaciones previsionales, ventilados ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

21 de junio de 2017

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 12 de la Ley 17.322.

La gestión pendiente incide en autos sobre cobro de cotizaciones previsionales, ventilados ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

El requirente estima que el precepto impugnado infringiría la prohibición de presumir de derecho la responsabilidad penal, el derecho a la libertad personal y la seguridad individual y la proscripción de la prisión por deudas, toda vez que la medida de apremio establecida priva de la libertad a un individual por el mero hecho de no haber pagado las cotizaciones previsionales, siendo el arresto una sanción procesal establecida para la correcta administración de Justicia que no puede constituir un equivalente jurisdiccional que permita sustituir el proceso o la sentencia que resuelva el conflicto, y por tanto no es posible concebir la privación de la libertad personal del deudor como herramienta de ejecución del crédito aun en un procedimiento compulsivo.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión invocada.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3540-17.

 

 

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