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Es una iniciativa o idea de ley que será sometida a trámite por el Poder Legislativo

Proyecto de ley

La tramitación de un proyecto de ley puede iniciarse tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. La primera que estudia el proyecto recibe el nombre de Cámara de Origen, en tanto la otra pasa a constituirse como la Cámara Revisora.

Un proyecto de ley constituye una idea de cierta materia que será sometida a los trámites constitucionales correspondientes para que pueda ser ley vigente de la República, una vez publicada en el Diario Oficial. La Constitución dispone que, en algunas materias, los proyectos de ley sólo pueden tener su origen en la Cámara de Diputados o bien en el Senado. También hay materias exclusivas del Presidente de la República, por ejemplo, las que dicen relación con gasto público. Si el proyecto lo presenta el Presidente de la República tomará el nombre de mensaje y si es presentado por algún o alguna congresista tendrá el nombre de moción. El proyecto pasará por la comisión temática correspondiente antes de ir a la Cámara de Origen para posteriormente pasar por por la Cámara Revisora. Si el proyecto de ley se aprueba en ambas cámaras y es promulgada por el Presidente de la República, será ley vigente.