Se dedujo un recurso de protección en contra del co-administrador de una página de Facebook denominada “Castigo para todas esas personas que robaron en el Bigger de Yungay” donde se subió una fotografía en que aparecen dos menores de edad con un carro lleno de mercadería, lo que originó comentarios injuriosos y amenazantes para éstos por su supuesta participación en los saqueos ocurridos post terremoto.
La sentencia razona que el actuar del recurrido se aparta de la razón, ya que al “aceptar, compartir y no impedir, pudiendo hacerlo, el escrutinio público al cual fueron sometidos los menores”, se vulneran las garantías constitucionales que a éstos se le aseguran en el artículo 19 N°s. 1 y 4 de la Carta Fundamental.