Se dedujo un recurso de apelación en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que acogió un recurso de protección interpuesto por Gendarmería de Chile a favor de comuneros mapuches que se encuentran en huelga de hambre.
La Corte Suprema, al confirmar el fallo de primer grado, ratificó que los huelguistas deben “recibir la atención, cuidados y prescripciones médicas en lo relativo a su alimentación, como también los posibles tratamientos medicamentos que cada caso amerite”.
La sentencia razona que “hasta ahora, y de los antecedentes allegados al recurso”, se puede “concluir que el actuar de los recurridos no sólo pone en peligro su integridad física -derecho a la vida que garantiza el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República y que constituye el más esencial de los atributos de la naturaleza humana-, sino que además impide a Gendarmería de Chile cumplir efectivamente con los cometidos que le han sido fijados por su ley orgánica, lo que otorga a dicha conducta caracteres de arbitrariedad, lo que hace necesario adoptar las medidas que esta vía cautelar autoriza a fin de restablecer el imperio del derecho”.
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