El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna lo dispuesto en del N° 6, de la letra B) del artículo 6° y del artículo 115 del Código Tributario, y de la letra b) del artículo 19 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos.
La gestión pendiente invocada incide en un proceso de reclamación tributaria de que actualmente en segunda instancia la Corte de Apelaciones de Santiago.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el término de diez días al Fisco de Chile, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, y al Servicio de Impuestos Internos, representado por su Director Nacional. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2111.
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