El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo.
La gestión pendiente invocada es un juicio ejecutivo de cumplimiento de sentencia definitiva, por la cual un tribunal laboral condenó al empleador requirente al pago de las remuneraciones y cotizaciones previsionales impagas- seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
El requirente estimaba que la aplicación de la norma impugnada vulnera su garantía constitucional de la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho de propiedad, en la medida que deberá pagar remuneraciones a futuro y por un período indeterminado en el tiempo, sin que la sentencia a cumplir lo hubiese ordenado y en un caso denominado “autodespido”, en el cual esta figura es improcedente.
La Sala designada por el Presidente del TC declaró inadmisible la solicitud, por cuanto el precepto legal impugnado en el requerimiento fue aplicado en la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la que se encuentra firme y en etapa de ejecución ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional, de tal suerte que no puede resultar decisiva su aplicación en la fase de cumplimiento sin alterar una sentencia definitiva ejecutoriada.
Según lo anterior, el TC concluye estableciendo, además, que el requerimiento no cumple con la exigencia de fundamentar el vicio de inconstitucionalidad que aduce y de explicar cómo se produce la infracción constitucional, por lo que tampoco correspondía admitirlo a trámite.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2165.
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