El senador Navarro y un abogado de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) dedujeron recurso de amparo preventivo en favor del Director de un canal de televisión de Puerto Aysén y en contra la Policía de Investigaciones, ya que funcionarios de ésta, identificados de civil se aproximaron al domicilio del amparado con la intención de detenerlo y sustraerle videos de convocatorias de movilizaciones sociales.
El Prefecto de la Policía de Investigaciones de la Región de Aysén solicitó el rechazo del libelo, por estimar que su actuar se había ajustado a la legalidad vigente, haberse recibido instrucción del Fiscal Jefe de Puerto Aysén por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el arbitrio constitucional, por estimar que no concurrían los presupuestos del amparo, en particular, que “no se ha establecido la circunstancia de existir un actuar ilegal o arbitrario por parte de la Policía de Investigaciones de Chile”, toda vez que sus actuaciones se encuadran en una orden de investigar dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Aysén, y dispuesta por el Fiscal Adjunto jefe de la Fiscalía Local de Puerto Aysén.
Vea texto íntegro de la sentencia.
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