Santiago, 9 de mayo de 2012.
El TC, en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de mayo, acogió un requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por el Subsecretario del Interior que impugnó lo dispuesto en una parte del inciso 2° del artículo 5° de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.
El requirente estima que, de aplicársele la norma impugnada, se afectan, entre otros, el principio de legalidad y supremacía constitucional, al arrogarse este órgano de la Administración del Estado, competencias que no están expresamente contempladas en la Ley de Transparencia, asimismo el artículo 8° de la Carta Fundamental en lo referido al límite en la publicidad de los actos de la administración del Estado; como también los derechos a la igualdad ante la ley, la privacidad y la inviolabilidad de las comunicaciones.
Por acoger el requerimiento votaron los Ministros Bertelsen, Venegas, Vodanovic, Peña, Navarro, Carmona y Aróstica.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Fernández Fredes, Viera-Gallo y García.
La resolución del Tribunal Pleno fue entregada a través de un comunicado de prensa y en los próximos días se dará a conocer la sentencia.
Vea texto íntegro del comunicado de prensa.
Vea texto íntegro de la decisión del CPLT.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2153.
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