El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 207, letra b) de la Ley N° 18.290 y, 39 y 40 de la Ley N° 18.287.
La gestión pendiente en que incide el requerimiento recae en un procedimiento por acumulación de infracciones a la Ley de Tránsito, seguida ante el Juez del Tercer Juzgado de Policía Local de Temuco, proceso en el cual, el denunciado alegó la inconstitucionalidad del proceso y de las sanciones impuestas en autos.
En cuanto a la manera en que la aplicación del precepto legal resultaría contraria a la Constitución, el requerimiento sostiene que la aplicación de sanciones por acumulación de infracciones es abiertamente inconstitucional porque atenta contra el principio del non bis in ídem.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la parte denunciada en la gestión judicial pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2236.
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