La Secretaría de Estudios informó que la citada Universidad podría infringir el principio de legalidad, en el caso de proceder a la tramitación del instrumento, ello porque contiene normas contrarias la letra d) del artículo 56 del DFL N° 2, de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370 con las normas no derogadas del DFL N° 1, de 2005, que dice relación con la prohibición de que estudiantes y funcionarios tengan derecho a voz y voto, o a lo menos injerencia, en aspectos tales como la elección de autoridades y la gestión administrativa. Agrega que el Presidente de la República cuenta con potestades suficientes para ponderar el modo y oportunidad en que ejercerá sus atribuciones legislativas.
El órgano de control precisó que, de conformidad al artículo 1° del Estatuto Orgánico de la USACH, aprobado por el DFL N° 149, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, dispone que esa casa de estudios superiores es una persona jurídica de derecho público, y por tanto constituye un organismo integrante de la Administración del Estado, de aquellos a que se refiere el artículo 1° de la LOC N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado.
En este sentido, señala que esa Universidad debe observar el principio de legalidad establecido en los artículos 6° y 7° de la Carta Fundamental y 2° de la LOC N° 18.575, en cuya virtud los órganos integrantes de la Administración deben someter su acción a esa ley superior y a los preceptos dictados conforme a ella.
Finalmente, el contralor dispone que no resulta procedente la implementación anticipada o paulatina de un proyecto modificatorio, respecto del cual todavía no se ha iniciado su tramitación legislativa, y en lo que respecta a la demora legislativa que reclama la Universidad recurrente, aclara que el N° 2 del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República previene que corresponde al Jefe de Estado la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley destinados a crear nuevos servicios públicos, suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones.