Se solicitó emitir un pronunciamiento a la Contraloría General de la República -por parte de un funcionario de Carabineros- acerca de la legalidad de un procedimiento disciplinario en que se le sancionó a dos días de arresto. En cuanto a la alegación de la prescripción de su responsabilidad administrativa, el órgano contralor rechazó la reclamación, toda vez que la sanción fue aplicada dentro del plazo de seis meses, acorde al artículo 20 del decreto N° 900, de 1967, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Disciplina, contado desde la fecha de la comisión de la falta. Agrega que no puede invalidarse una resolución del año 2010, de la Dirección Nacional de Inteligencia, en que le aplicaría una medida de reprensión, aun cuando no acredita la existencia de la misma, desde que el supuesto acto administrativo fue notificado en el mismo año, por ende ya habría transcurrido el plazo de dos años que confiere la Ley de Procedimientos Administrativos.
Vea texto íntegro del dictamen N° 41744
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