El segundo Tribunal Ambiental admitió a tramitación y confirió traslado al demandado respecto de una acción por daño ambiental, deducida porla Municipalidadde Tierra Amarilla, en contra de una empresa minera que explota un yacimiento de cobre.
La demanda sostiene que en julio pasado, en un inmueble localizado en la comuna de Tierra Amarilla se produjo un hundimiento de terreno que provocó alarma pública y que llevó a que se realizaran diversos estudios, los que concluyeron que en la comuna se están produciendo daños ambientales significativos, derivados del dolo o culpa de la demandada, afectándose con ello los artículos 2, 3, 52 y 53 dela Ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, y el artículo 19 N° 8 dela Constitución Política.
A partir de lo anterior, la demanda estimó que se producen graves daños al ambiente, en materia de aguas, disminuyendo significativamente el caudal del río Copiapó, en calidad del aire, vegetación y agricultura, además del valor escénico del medio ambiente.
Admitida a tramitación, el segundo Tribunal Ambiental confirió traslado al demandado por el término de 15 días corridos y ordenó la publicación del aviso dispuesto en el artículo 19 dela Ley N° 20.600.
Vea texto íntegro de la demanda y del expediente Rol Nº D-7-2013.
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