El Pleno de la Excelentísima Corte Suprema, determinó implementar –por medio de Acta N° 30-2015- la tramitación digital de todos los procedimientos que deba realizar el máximo Tribunal del país, cuyos antecedentes se deriven de causas u otros asuntos que conciernan a los sistemas procesales reformados y de aquellos que se substancian a través de carpeta electrónica. Implementación que se realizará de manera progresiva hasta el 1 de julio de 2015, fecha en que deberá estar totalmente operativa.
Asimismo, el Pleno del máximo Tribunal expresa que las plataformas y soportes tecnológicos con que cuenta el Poder Judicial, «favorecen el acceso cabal, oportuno y veraz al contenido de los procesos», por lo que «corresponde que esta Corte Suprema propicie la uniformidad y se incorpore a la tramitación en expediente digital en todos aquellos procedimientos que tengan su antecedentes en causas o asuntos concernientes a los sistemas procesales reformados y otros asuntos que se substancian ceñidos, como se ha dicho, a la carpeta electrónica».
La única salvedad que se establece, manifiesta el acta, serán las materias no reformadas y exclusivamente jurisdiccionales que, por ley, deben tramitarse en papel. De las cuales, se llevará un registro digital paralelo.
Finalmente, se acordó que las resoluciones, actuaciones y documentos con tramitación digital serán rubricados mediante firma electrónica simple o avanzada, las que tendrán –una vez incorporadas a la carpeta digital– el mismo valor que las firmas que se estampan en soporte papel.
Vea texto íntegro del Acta N° 30-2015
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