El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en Santiago, escuchará alegatos en la causa caratulada “Compañía Minera Casale con Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental”, en el marco de una reclamación en contra de la Resolución N° 532, dictada por el Comité de Ministros, de fecha 8 de mayo de 2015.
Al efecto, cabe recordar que el reclamante expone que la referida Resolución N° 532 acogió parcialmente los recursos de reclamación interpuestos en contra de la Resolución Nº 004, de fecha 3 de enero de 2013, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama (“RCA 04”), que calificó ambientalmente favorable el Estudio de Impacto ambiental del proyecto denominado “Optimización Proyecto Minero Cerro Casale”, lo que considera ilegal y arbitrario.
Enseguida, se arguye en el libelo que el Comité de Ministros actuó fuera de sus competencias, toda vez que afectó el derecho de su representada de extraer aguas desde los pozos del campo de Pozos Piedra Pómez, que fuera aprobado ambientalmente en una RCA diversa (14/2002) y anterior a la RCA 04, sobre la cual recayeron los recursos de reclamación acogidos.
La vista de la causa se llevará a cabo el día 27 de agosto de 2015, a las 15:00 horas.
Vea texto íntegro del expediente Rol R-72-2015.
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