La Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados, despachó el proyecto que modifica el Código Penal en relación a la tipificación del delito de tortura.
Al efecto, el presidente de la instancia, diputado Saldívar, sostuvo que con la aprobación se está «dando un gran paso para ponernos al día en materia de tortura a nivel internacional”. “Hasta ahora no existía un clara definición del contexto y las circunstancias de los hechos que pueden ser consideradas torturas. Por eso, valoramos que este proyecto finalmente pase su primer trámite en el Congreso”, agregando que el proyecto eleva sustancialmente la pena asociada al delito de tortura, pasando de reclusión menor en sus grados medio a máximo (desde 541 días a cinco años) a la presidio mayor en su grado mínimo (desde cinco años y un día a diez años). «Pero lo que nos parece muy importante es que queda claro que en estos casos no opera la prescripción de la acción ni la prescripción de la pena. Este es un aporte significativo al país”.
Así, concluyó expresando que el proyecto considera como autor del delito de tortura no solo a quien ejecuta materialmente los hechos, sino a quien da la orden de cometerlos. Asimismo, se tomarán como agravantes la muerte de la víctima, haber sufrido lesiones graves y la concurrencia de violación o abuso sexual.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional y corresponde ahora que la Corte Suprema, en virtud de lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política y 16 de la LOC del Congreso Nacional, evacúe el oficio con que la Comisión de Derechos Humanos consulta su opinión respecto de indicación parlamentaria mediante la cual se introduce el nuevo artículo 161 sexies al proyecto .
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
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