El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna determinados preceptos del artículo 277 del Código Procesal Penal, referidas a la apelación del auto de apertura del juicio oral por la exclusión de pruebas decretada por el juez de garantía.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre tráfico ilícito de estupefacientes de que conoce el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC, por una parte, confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro de la sentencia y expediente Rol N° 2932-14.
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