En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó recurso de nulidad y confirmó la sentencia que ordenó a la empresa Invertec Pacific Seafood S.A. reincorporar a Liliana Maier Álvarez, tesorera del Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores Unidos Tricot, Sintricot, y a pagar una multa de 50 UTM por práctica antisindical.
La sentencia de primera instancia establece que la falta de justificación del despido transforma el indicio de práctica antisindical en prueba completa y suficiente de que la señora Liliana Maier fue despedida únicamente por su calidad de dirigente sindical, conducta que a falta de otros antecedentes que podría haber esgrimido la empresa, es constitutiva de la práctica anti sindical contemplada en la letra a del artículo 291 del Código del Trabajo, esto es, el ejercicio de fuerza moral para que los trabajadores se abstengan de pertenecer a un sindicato.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Ilustrísima Corte de La Serena y de primera instancia.
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