Se solicitó la resolución de una contienda de competencia trabada entre el Juzgado de Policía Local de Rengo y la Fiscalía Local de Rengo, en relación a una causa por accidente de tránsito con lesiones.
En una primera oportunidad, el Juzgado de Policía Local tramitó la causa y dictó sentencia definitiva, la que apelada ante la Corte de Rancagua fue anulada pues de la denuncia formulada por infracciones a la Ley de Tránsito se da cuenta que uno de los participantes del accidente resultó con lesiones graves, lo que trasunta en la incompetencia definitiva del tribunal de primera instancia. Sin embargo, el Tribunal de alzada ordenó que el juez de policía local no inhabilitado dicte la sentencia que en derecho corresponda. Por tanto, el referido Juzgado de Policía Local decidió trabar contienda de competencia y remitir los antecedentes al Tribunal Constitucional, aduciendo que cuando existen lesiones graves la competencia corresponde al Ministerio Público, de acuerdo al artículo 178 de la Ley N° 18.290 y el artículo 67 de la Ley N° 15.231.
En el caso que se declare admisible, el TC se pronunciará sobre el fondo de la contienda de competencia planteada.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 4234-17.
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