El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 478, 481, 482 y 488 del Código de Procedimiento Penal.
La gestión pendiente incide en autos criminales, sustanciados ante el Ministro en Visita Extraordinaria Mario Carroza Espinosa, en actual conocimiento de la Corte de Santiago mediante recursos de casación en la forma y apelación, en los que el requirente fue condenado como autor del delito de homicidio calificado de Federico Álvarez Santibáñez, militante del MIR torturado y asesinado el 21 de agosto de 1979.
El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el debido proceso, por cuanto habría sido condenado por el delito de homicidio calificado, en virtud a sus propias declaraciones indagatorias, obtenidas éstas sin la presencia de un abogado defensor, en relación a hechos ocurridos hace más de 35 años.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros García y Pozo, quienes estuvieron por denegar la suspensión del procedimiento solicitada por la parte requirente.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió “traslado a las demás partes por el término de diez días”.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del expediente Rol N° 4627-18.
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