La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de nulidad laboral deducido en contra de la sentencia del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones que ordenó el pago de bono de desempeño o bono variable.
La empresa recurrente señala que el tribunal a quo resuelve no considerar la existencia de dichos documentos modificatorios del contrato de trabajo, señalando en el considerando décimo que “Ninguno de los actores suscribió el anexo del contrato de fecha 30 de agosto de 2016 referido al pago del bono variable por el periodo 2015”.
En su fallo, el Tribunal señala que la sentencia no incurre en error al determinar que la empleadora fue compelida por el órgano administrativo a realizar a realizar cambios en la cláusula, específicamente en lo que dice relación con la evaluación de desempeño por el cual se debería determinar el bono variable, lo que no ha ocurrido, según lo dispuesto por los testigos de la demandada y por las posiciones que absolvió su representante legal. De este modo, al no existir un procedimiento de evaluación como tampoco parámetros que permitan determinar cuál ha sido el desempeño de cada trabajador, procedimiento y protocolo que, obviamente, deben ser conocidos de antemano por los trabajadores, debe entenderse que el pago del bono se ha efectuado en forma discrecional por la demandada, pues no ha dado cumplimiento en forma completa y eficaz a lo acordado con cada trabajador.
Vea sentencia Corte de Antofagasta Rol N° 376-2018.
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