En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó protección deducida por propietaria de inmueble en contra del municipio de la misma ciudad, frente al decreto que ordenó cursar infracción y pago por el eventual ejercicio de la actividad comercial en domicilio del que la actora es dueña.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción señaló que, de los antecedentes que obran en la causa es posible advertir que la recurrente se encuentra impugnando por esta vía un dictamen municipal y que dicha autoridad edilicia señaló como vía impropia para la reclamación pretendida, debiendo haber preferido la recurrente la acción de reclamo de ilegalidad municipal.
Añade la Corte de Concepción, que sin perjuicio de otras acciones como las descritas por el ente edilicio en su informe, a la Corte le está permitido conocer de las alegaciones de la recurrente en uso de sus facultades conservativas. Sin embargo, indica que de lo informado por ambas partes fluye que existe en curso un procedimiento ante el Juzgado de Policía Local de la jurisdicción de dicha comuna, por lo que la recurrente se encuentra al amparo del derecho, debiendo esperar un pronunciamiento jurisdiccional. Por esta razón rechazó la acción de protección intentada.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 31.884-2019 y de la Corte de Apelaciones de Concepción Rol Ingreso N° 12.038-2019.
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