En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de unificación de jurisprudencia y demanda por despido indebido de funcionario contratado a honorarios por el Instituto Nacional de Deporte, tras establecer que existió relación laboral entre las partes.
La sentencia sostiene que, contrastado lo manifestado con los hechos establecidos en el fallo de base, referidos en el fundamento tercero que antecede, es claro que corresponden a circunstancias que revelan con claridad la existencia de un vínculo laboral entre las partes, atendido el desarrollo práctico que en la faz de la realidad concreta, tuvo dicha relación, al constituir indicios que demuestran, en los términos descritos en el artículo 7 del Código del Trabajo, una relación sometida a su regulación, que configuran una evidente prestación de servicios personales, sujeta a dependencia y subordinación y por la cual la demandante recibía en cambio una remuneración.
La resolución agrega que inferencia que obtiene mayor fuerza si se considera que se trata del desempeño de servicios que se prolongaron en el tiempo sin solución de continuidad, lo que impide considerar que su incorporación se haya desplegado conforme las exigencias de la modalidad contemplada en el artículo 11 de la Ley N° 18.834, desde que el ejercicio de labores en las condiciones señaladas, no pueden considerarse como sujeta a las características de especificidad que señala dicha norma, o desarrollados en las condiciones de temporalidad que indica, por lo que corresponde aplicar el Código del Trabajo, concluyendo que el vínculo existente entre las partes, es de orden laboral.
Vea texto íntegro de sentencias Corte Suprema, unificación de jurisprudencia Rol N° 15678 – 2019 y Corte Suprema, sentencia de reemplazo Rol N° 15678 – 2019
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