El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) rechazó un reclamo del artículo 41 transitorio de la Constitución Política, en contra del Acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral publicado en el Diario Oficial el 10 de septiembre de 2020, el cual “Aprueba el Protocolo Sanitario para el Plebiscito Nacional 2020”, por no cumplir con el mandato constitucional de adoptar todas las medidas necesarias que garanticen el derecho a sufragio de quienes a la fecha del plebiscito se encuentren contagiados con COVID-19.
Cabe recordar que el reclamante señala, en síntesis, que, las medidas contenidas en el Protocolo Sanitario impugnado, no se hace cargo, en ninguna de sus partes, de la salvaguarda de los derechos electorales de quienes, el día del Plebiscito, en encuentren contagiados con Covid-19. Además, el estar contagiado no ha sido fijado por el constituyente como causal de pérdida o suspensión del derecho a sufragio, por lo cual se encuentre vedada la autoridad sanitaria, aun cuando invoque la resolución de Alerta Sanitaria, de suspender el derecho a sufragio, el cual debió ser regulado por el SERVEL a través del Acuerdo que en autos se impugna.
El TRICEL señala que ni la ley de reforma constitucional, ni el Acuerdo del SERVEL, a los que se ha aludido en la reclamación, establecen prohibiciones, limitaciones o dificultan el derecho al sufragio de ningún elector habilitado y, en su mérito, a los sufragantes – que el día del Plebiscito Nacional – padezcan de COVID-19.
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Finalmente, agrega que, y advirtiendo que se ha producido, en la especie, un conflicto constitucional entre el derecho al sufragio y el derecho a la salud, tiene la certeza que el Servicio Electoral ni la Justicia Electoral están dotados de competencia para obviar las normas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud, que tiene a su cargo la rectoría del sector salud del país.
En definitiva, en consideración de las argumentaciones anteriores es que el TRICEL decidió rechazar la reclamación presentada en contra del Acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral, publicado el 10 de septiembre de 2020, que “Aprueba Protocolo Sanitario Plebiscito Nacional 2020”.
Vea texto íntegro de la sentencia Rol N° 163-2020.