El Tercer Tribunal Ambiental escuchó alegatos de fondo en la reclamación interpuesta contra la resolución de la SMA que archivó su denuncia por la presunta infracción a la Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) de al menos ocho centros de cultivo de salmones, ubicados en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.
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Por su parte, la Superintendencia reclamada arguye que, la regulación acuícola y ambiental considera que las condiciones aeróbicas de un determinado centro puedan variar respecto de la línea base, sin que ello configure un incumplimiento a la RCA. Las condiciones anaeróbicas pueden deberse a causas diferentes a la operación de dichos centros. Agrega que, el antecedente más crítico que vincula a un centro con las condiciones anaeróbicas es el volumen de producción y la eventual sobreproducción, lo que sólo se registró en uno de los centros denunciados y dicha infracción se encuentra prescrita. Además, aunque existiera infracción en la operación de algunos de los centros de cultivos, esta habrá prescrito entres del ingreso de la denuncia, ya que en 8 de los 10 centros el ciclo productivo finalizó tres años antes del ingreso de la denuncia. En los dos centros donde no se ha configurado la prescripción, no se detectaron infracciones en sus operaciones.
Finalmente, la causa quedó en estudio ante el Tercer Tribunal Ambiental.
Vea texto íntegro del expediente Rol R-19-2020.