Ley que adecua el Código del Trabajo en materia de protección de los niños, niñas y adolescentes en el mundo del trabajo, que fue iniciada por Mensaje el 1 de junio de este año, ha sido recientemente publicada en el Diario Oficial.
La ley reorganiza el Libro I del Código del Trabajo, específicamente el capítulo referido a la protección de los niños, niñas y adolescentes en el mundo del trabajo del trabajo, recogiendo las recomendaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo a la edad mínima de admisión al empleo, y el Convenio 182 de la OIT relativo a peores formas de trabajo infantil.
La modificación fortalece las acciones relacionadas a la erradicación del trabajo infantil y adolescente, de modo que se incrementaron las multas asociadas al trabajo infantil y prohíbe la participación de niños, niñas y adolescentes en actividades consideradas peligrosas para su salud, seguridad o moralidad. Solo permite la contratación de adolescentes mayores de 15 años, prohibiendo a su vez el trabajo de los NNA que no hayan cumplido aquella edad, con la sola excepción de aquellos que trabajen en espectáculos artísticos.
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Finalmente, establece nuevos requisitos para el trabajo adolescente, tales como: estar cursando su educación básica o media; tener autorización de los padres, cuidadores o del Tribunal de Familia; establece el deber del empleador de informar de la contratación a la Oficina Local de la Niñez y, mantiene la jornada máxima de los adolescentes en 30 horas semanales, pero reduce la jornada diaria en período escolar de 8 a 6 horas, manteniendo el máximo de 8 horas solo para el período de vacaciones.
Vea texto íntegro de la Ley Nº21.271.