La Comisión Europea ha iniciado un proceso sancionatorio contra Chipre y Malta, por vender ciudadanía de la Unión Europea a través del sistema del “Pasaporte Dorado”. Ambos países otorgaban la nacionalidad y, por ende, la ciudadanía europea, a quienes realizaban un pago determinado o realizaban una inversión sin una real conexión con el país.
Esta práctica vulnera el principio de cooperación leal del articulo 4(3) del Tratado de la Unión Europea y, amenaza la integridad del estatus de la ciudadanía europea del artículo 20 del y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En consideración a la naturaleza de esta ciudadanía, la cual se añade a la nacional sin sustituirla, aquella ficción afecta a la Unión como un todo, ya que quién tenga este “pasaporte dorado” pasa a disfrutar todos los derechos de un ciudadano europeo, tales como vivir dentro del territorio, trabajar y votar.
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Aplicando la Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de julio de 2020, sobre la política global de la Unión para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, que exigió mayor investigación sobre el tema; la Comisión decidió recientemente el inicio de este proceso sancionatorio.
Se han señalado riesgos importantes derivados estos falsos ciudadanos, ya que suponen una vulneración a seguridad nacional, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, evasión de impuestos y corrupción.
Por último, la Comisión comunicó a Bulgaria su preocupación sobre una nueva ficción de pasaportes dorados, por lo que el país tiene un plazo de un mes para informar sobre el tema.
Vea texto íntegro de la Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de julio de 2020, sobre la política global de la Unión para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.