La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 28 de octubre de 2020 la Resolución 81/2020, mediante la cual otorgó medidas cautelares de protección a favor de las personas integrantes de la Comunidad Nativa de Santa Clara de Uchunya y de Miguel Guimaraes en su calidad de presidente de la Federación de Comunidades Nativas de Ucayali (FENOCAU), en Perú.
Según la solicitud, las personas propuestas beneficiarias se encuentran en una situación de riesgo producto de amenazas y agresiones por la defensa de sus derechos territoriales frente a la expansión de monocultivos de palma aceitera y el tráfico de tierras en la región amazónica de Ucayali.
Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por las partes, la Comisión considera, desde el estándar prima facie aplicable, que las y los integrantes de la Comunidad Nativa Santa Clara de Uchunya, y Miguel Guimaraes, en su calidad de presidente de FECONAU, se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos enfrentan un riesgo de daño irreparable.
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El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen un prejuzgamiento a una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.