La Ley Nº 21.284 modifica el artículo primero transitorio de la Ley N°20.958, que crea un sistema en que los proyectos inmobiliarios deban mitigar los impactos que generen en sus entornos, con el fin de ampliar en 12 meses el plazo para su entrada en vigencia.
Al respecto, la citada ley 20.958 establece un «Informe de Mitigación de Impacto Vial («IMIV»)» que se elaborará y evaluará conforme al procedimiento y a la metodología fijados mediante un Reglamento, el que está contenido en el decreto Nº 30, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, suscrito además por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el que con la modificación que se aprueba con la presente ley, sólo será exigible transcurridos treinta meses de la publicación del reglamento señalado.
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Vea texto íntegro de la Ley Nº 21.284.