La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó un reclamo de ilegalidad contra la Superintendencia de Educación por declarar extemporánea una reclamación administrativa interpuesta por la Municipalidad de Talca.
El conflicto surgió luego que la Escuela Lorenzo Varoli de Talca fuera denunciada en 2017 a la Superintendencia de Educación, lo que motivo una fiscalización donde se constató que el establecimiento no cuenta con un reglamento que regule las relaciones de los miembros de la comunidad escolar, por lo cual inició un procedimiento administrativo sancionador en su contra que concluyó con la aplicación de la sanción de multa de 56 UTM. En abril de 2018, la Municipalidad de Talca interpuso una reclamación administrativa ante el Superintendente de Educación en virtud del artículo 83 de la Ley N°20.529, la cual fue declarada extemporánea.
La Municipalidad dedujo reclamo de ilegalidad en contra de la resolución, señalando que la sanción de multa fue notificada el 5 de abril de 2018 y la reclamación fue interpuesta 26 de abril del mismo año, por lo que se practicó dentro del plazo de 15 días hábiles que establece el artículo 83 de la Ley N°20.529.
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La Corte de Talca rechazó la ilegalidad, al estimar que, a la luz de los hechos de la causa, la resolución impugnada se ajusta a derecho, ya que la resolución que sancionó a la reclamante fue notificada el 3 de abril de 2018 y el plazo de 15 días que establece el artículo 83 de la Ley N°20.529 venció el 24 de abril de 2018, por lo que la Municipalidad interpuso reclamo fuera de plazo.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo de primer grado.
Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol Nº122.158-2020 y Corte de Apelaciones de Talca Rol N°47-2019.