La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la sentencia del Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de la misma ciudad que acogió la impugnación de facturas opuestas por la Pontifica Universidad Católica de Chile.
El conflicto surge luego que un fondo de inversiones notificara judicialmente a la Universidad de tres facturas como gestión preparatoria de un juicio ejecutivo. En el desarrollo del proceso, la demandada impugnó las facturas por ser materialmente falsas, ya que los servicios identificados en ellas no fueron prestados nunca por la casa de estudios. El tribunal civil acogió la impugnación y la Corte de Santiago confirmó la resolución en alzada.
El demandante dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la resolución de segunda instancia, acusando un error derecho de los jueces de segundo grado, ya que la demandada no reclamó el contenido de las facturas dentro del plazo que establece el artículo 3 de la Ley N°19.983.
El máximo Tribunal rechazó el recurso, para lo cual tuvo presente que los errores de derecho que el recurrente estima que se han cometido persiguen el establecimiento de nuevos hechos que desvirtúan los supuestos fácticos fundamentales asentados por los tribunales de instancia, los que resultan inamovibles a través del recurso de casación.
Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°85.309-2020, Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°13.903-2018 y 24 Juzgado Civil de Santiago Rol-N°C-3214-2017-1.
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