La iniciativa, patrocinada por la Diputada Daniella Cicardini, en conjunto con los Diputados Karim Bianchi, Marcos Ilabaca y Patricio Rosas, modifica el Código Civil estableciendo la nulidad absoluta de los actos y contratos que se relacionen con una tabla de mortalidad que exceda los 85 años.
El proyecto expone que, según los datos oficiales del INE, la esperanza de vida en Chile es de 83,6 años para las mujeres y de 78,1 años para los hombres, por lo que los actos y contratos que se relacionen con una tabla de mortalidad que exceda tales cifras, no se condicen con la realidad que se vive en Chile, no tienen un sustento razonable y son contrarios al orden público, por lo que deben ser sancionados con la nulidad absoluta para proteger el interés general de la sociedad.
Con el fin de crear un nuevo requisito de validez en todo acto o contrato civil, la iniciativa propone agregar un nuevo inciso tercero al artículo 1682 del Código Civil, del siguiente tenor:
“De igual forma, hay nulidad absoluta en los actos y contratos que se relacionen con una tabla de mortalidad que exceda los 85 años de vida.”
A su vez, cuenta con dos disposiciones transitorias, del siguiente tenor:
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“Esta ley se aplicará con efecto retroactivo a los contratos celebrados hasta diez años antes de su entrada en vigencia.
Esta ley entrará en vigencia seis meses luego de su publicación.”
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Baja.
Vea texto íntegro del Boletín N°14.046 y siga su tramitación aquí.
A nuestro parecer, se esta tratando de regular un hecho futuro e incierto. Ademas que aplicando la lógica inversa, podría ser ilegal o anulable un contrato inferior a dicho promedio.
Si el interes es regular las pensiones, la solución es simple, aplicar tales tablas de mortalidad para calcular las pensiones, sin necesidad de afectar la legislación civil e importantes contratos.