Se dirigió a la Contraloría General de la República, la Encargada de la Oficina de Cultura de la Municipalidad de Cisnes, en calidad de prestadora de servicios a honorarios, la que reclama por la no renovación de su contrato, vulnerando con ello su fuero maternal.
Al efecto, la interesada indica que, luego de finalizar su descanso de maternidad a inicios del año 2020, por razones de orden médico, siguió con licencia hasta la fecha de su presentación, lo que comunicó oportunamente a esa entidad edilicia, consultando en varias ocasiones que pasaría con la renovación de su contratación para cuando finalizara su licencia, sin recibir, a junio del año 2020, una respuesta concreta, de lo que da cuenta exhibiendo algunos medios de comunicación digital que le habrían dado a entender que retomaría sus funciones.
Requerido su informe, la aludida entidad edilicia señala, en síntesis, que el contrato de la recurrente tenía como fecha de término el día 31 de diciembre de 2019, y que no fue renovada su contratación pues, si bien se le reconoció en el contrato el derecho a hacer uso del descanso de maternidad, no se le concedió fuero maternal, por lo que no se renovó su contrato por el año 2020.
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Al respecto, el ente contralor adujo que de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que doña Mónica Pamela Meléndez Alarcón se desempeñaba como Encargada de la Oficina de Cultura de la Municipalidad de Cisnes, cumpliendo labores habituales, las que se encuentran amparadas por el fuero maternal, constando, además, que a la data en que efectuó su presentación ante esta Contraloría General se encontraba en trámite y pendiente la emisión del dictamen N° E24985, de 2020, por lo que le resultan extensibles los efectos del mismo.
Finalmente, el órgano contralor concluyó que, en razón de ello, corresponde que el citado municipio reincorpore a doña Mónica Pamela Meléndez Alarcón en sus labores, a lo menos durante el período que en que se extiende el fuero maternal, en el mismo puesto que desempeñaba a honorarios. De no ser ello factible, debe reubicarla en alguna dependencia de esa misma repartición, dando cuenta de su proceder a la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, en el plazo de 20 días hábiles, contados desde la recepción de este oficio.
Vea texto íntegro del dictamen N° E74506N21.