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Corte Suprema.
En fallo unánime.

CS desestima recurso de casación en el fondo contra sentencia que rechazó demanda de demarcación de deslindes.

Las partes no presentaron antecedentes suficientes para acreditar la cabida de sus predios, ni su línea de demarcación.

16 de marzo de 2021

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el fallo del Segundo Juzgado de Letras de Linares, que rechazó una acción de demarcación y deslindes deducida por el dueño de un predio rústico en contra de su vecino.

El conflicto surge luego que el actor se percatara que los deslindes que identifica el título de dominio de un predio rústico que adquirió en la comuna de Longaví no coincidían con la cabida material del inmueble, por lo que interpuso una acción de demarcación y deslindes en contra de su vecino, con el fin de determinar el límite real de ambos predios.

El tribunal civil rechazó la demanda, al estimar que las partes no presentaron antecedentes ni pruebas periciales fehacientes que permitan establecer el trazado específico de la línea divisoria entre sus predios.

La Corte de Talca confirmó el fallo en alzada, al considerar que la pretensión del demandante supera los fines que la legislación establece para la acción de demarcación y deslindes, ya que pretende reivindicar parte de un predio que acusa que le pertenece y alterar la extensión de su terreno en relación con el de su vecino y la acción practicada tiene como fin único establecer los hitos de demarcación y cerramiento entre los predios y alterar el régimen de propiedad de un inmueble.

El actor dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la resolución de segunda instancia, acusando que los jueces de segundo grado no resolvieron el fondo del asunto y no se pronunciaron debidamente sobre la determinación de los límites de su predio, señalando que el fallo de alzada lo priva de manera indirecta de ejercer otras acciones legales, ya que es necesario determinar de forma precisa los límites de su predio para poder ejercer la debida acción reivindicatoria en contra de quien le vendió el inmueble.

El máximo Tribunal rechazó el recurso, para lo cual tuvo presente que, en virtud de los hechos de la causa y la valoración de la prueba realizada por los tribunales del fondo, las partes no presentaron antecedentes suficientes que permitan acreditar la cabida de los predios, ni la línea de demarcación entre ellos. A su vez señaló que el recurso de casación está destinado a invalidar sentencias realizando un escrutinio respecto a la correcta aplicación del derecho y no puede modificar los hechos que se han dado por probados o sentados por los jueces de instancia.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°16.942-2019, de la Corte de Apelaciones de Talca Rol N°661-2018 y del 2° Juzgado de Letras de Linares Rol N°C-546-2017.

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