En sede de control de constitucionalidad, el Tribunal Constitucional Federal de Alemania declaró que el artículo 316h de la Ley sobre Reformas de la Recuperación de Activos Penales (EGSTGB) se encuentra en conformidad con la Ley Fundamental de Alemania.
El conflicto surge en 2019, luego que el Tribunal Federal de Justicia de Alemania conociendo una causa en donde se acusa a dos personas de haber cometido actos fraudulentos en una granja avícola requiriera al Tribunal Constitucional realizar un control de constitucionalidad sobre el artículo 316h de la EGSTGB.
El Tribunal señaló en su requerimiento que la norma impugnada es inconstitucional, ya que permite que el Estado pueda reclamar los activos obtenidos de forma fraudulenta sobre causas penales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la EGSTGB, incluso en casos donde la acción penal se encuentra prescrita, contraviniendo el principio de no retroactividad de la ley que establece el artículo 103 de Ley Fundamental.
El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y declaró que la norma impugnada se encuentra en conformidad con la Ley Fundamental, para lo cual tuvo presente que si bien en principio la aplicación retroactiva de una ley es constitucionalmente inadmisible, la Ley Fundamental permite aplicar excepcionalmente de forma retroactiva medidas en donde primen “motivos primordiales de interés común”. A su vez, señaló que la norma impugnada prohíbe el enriquecimiento de terceros que adquirieron activos de forma ilícita como forma de proteger la confianza de los terceros afectados, señalando que la recuperación de activos que permite el artículo 316h de la EGSTGB tiene como objetivo: «Mostrar tanto a la comunidad criminal como a la legal que el incremento fraudulento de activos no está reconocido y, por lo tanto, no puede perdurar».
Vea texto íntegro (en alemán) de la sentencia Tribunal Constitucional Federal de Alemania Asunto BvL 8-9.
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