La Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que establece la calidad recíproca de carga familiar entre cónyuges, con relación a las prestaciones de salud que otorga el DFL N°1 de 2005, del Ministerio de Salud.
La iniciativa, que ingresó a la Cámara en mayo de 2017, corresponde a una moción patrocinada por las Diputadas Maya Fernández y Camila Vallejo y la ex Diputada Karla Rubilar, en conjunto con los Diputados Felipe De Mussy, Tucapel Jiménez, Roberto Poblete, Marcelo Schilling y Leonardo Soto y los ex Diputados Jaime Bellolio y Fuad Chahin.
El proyecto corresponde a una disposición interpretativa, que establece el genuino sentido del término “cargas familiares” que contempla el DFL N°1 de 2005, prescribiendo que se entenderá que cualquier cónyuge puede ser carga de otro, con el fin que ambos cónyuges puedan ser causantes de asignación familiar en relación a las prestaciones de salud que establece el citado Decreto con Fuerza de Ley.
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La iniciativa contempla la siguiente disposición interpretativa:
“Articulo 1. Para los efectos del Régimen Público de Salud y del Sistema Privado de Salud, contemplado en los Libros II y III, respectivamente, del decreto con fuerza de ley N 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°2.763, de 1979 y de las leyes N°18.933 y N°18.469, se entenderá que el matrimonio celebrado en la forma establecida por la ley permitirá a cualquiera de los cónyuges ser carga del otro.”
A su vez, sustituye la letra a) del artículo 3 del DFL N°150 de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, estableciendo que él o la cónyuge, en la forma que determine el reglamento serán causantes de asignación familiar.
El proyecto fue despachado al Senado para su discusión.
Vea texto íntegro refundido del Boletín N°11.294-11 y siga su tramitación aquí.