El SERVEL rechazó por cuatro votos y una inhabilidad la candidatura independiente de Gino Lorenzini, por infringir el artículo 5 de la Ley Nº 18.700, que, en lo pertinente, establece que “los candidatos independientes, en todo caso, no podrán haber estado afiliados a un partido político dentro de los nueve meses anteriores al vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas”.
Por otra parte, rechazó por unanimidad la candidatura de Diego Ancalao, por incumplir el requisito del artículo 16 de la ley referida, en cuanto prescribe que “el patrocinio de las candidaturas independientes a Presidente de la República deberá suscribirse ante cualquier notario por un número de ciudadanos, habilitados para ejercer el derecho a sufragio, no inferior al 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general practicado por el Tribunal Calificador de Elecciones.” Para alanzar dicha cantidad, Ancalao debía presentar 33.369 patrocinios válidos.
Al respecto, el Consejo Directivo del SERVEL constató que 23.135 patrocinios fueron suscritos en distintas fechas de los últimos meses con firma y timbre del notario Patricio Zaldivar Mackenna, que había dejado su cargo en el año 2018, y que luego falleció en febrero del presente año.
El Consejo Directivo del SERVEL instruyó al Director Nacional que denuncie estos hechos al Ministerio Público.
Por otra parte, fueron aprobadas por unanimidad las candidaturas de José Antonio Kast, Franco Parisi, Marco Enríquez-Ominami, Yasna Provoste y Eduardo Artés. Las candidaturas de Sebastián Sichel y Gabriel Boric ya se encontraban inscritas.
Vea declaración del Presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral
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